Aclaran Constitución no le da poder al presidente para cubrir vacante municipal

Santo Domingo.- El presidente del Senado, Ricardo De los Santos, aclaró que en la reciente modificación a la Constitución no se le otorga facultad al presidente de la República para cubrir vacantes en nivel municipal.

“En la modificación a la Constitución actual, el párrafo II, del artículo 274 establece que: “En caso de vacío en la línea sucesoral del nivel municipal la ley establecerá el mecanismo a utilizar para llenar las vacantes”. No le otorga facultad al Presidente de la República para hacerlo”, expresó.

En la modificación a la Constitución actual, el párrafo II, del artículo 274 establece que: “ En caso de vacío en la línea sucesoral del nivel municipal la ley establecerá el mecanismo a utilizar para llenar las vacantes”. No le otorga facultad al Presidente de la República…— Ricardo De Los Santos (@ricardodlsanto3) October 27, 2024
De los Santos hizo la aclaración para evitar cualquier confusión en la interpretación que se le pueda dar a este artículo, con relación específicamente al caso ocurrido tras la renuncia del alcalde y la vicealcaldesa de La Vega.

En torno a ese particular, la elección de un sustituto para el renunciante alcalde Kelvin Cruz luego de ser nombrado ministro de Deportes, aún no se ha realizado, mientras un bloque de partidos de la oposición exigieron a la Junta Central Electoral (JCE) celebrar elecciones extraordinarias en La Vega a nivel municipal.

 


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