RD.- El respetado coronel José Rafael de los Santos, el nuevo comandante de la Penitenciaría Nacional de la Victoria, retumbaba entre las vetustas paredes del recinto.
Y es que este había reunido allí, en el patio, a los reclusos para hacer su presentación, seguido de una punzante entrada al grano: “En esta prisión, él único que le puede romper los huevos (a ustedes) soy yo”.
Primero, la declaración fue para advertir del fin del reinado de los prebostes en esa penitenciaria, una figura encargada de facto de imponer la disciplina y aplicar los castigos a aquellos presos considerados rebeldes o irreverentes.
Parecía estar muy ensañado con el perverso personaje del preboste, hasta que lo aplastó con esta fulminante medida: “Si aquí hay algún ‘probó’, queda destituido de su cargo”.
Y en menos de un segundo, enseñó su látigo: “Hay un nuevo ‘probó’, seguido de una pregunta que no dio tiempo a respirar: “¿Ustedes saben quién es? El único ‘probó’ aquí seré yo”. El mensaje parecía dejar claro que, desde ese momento, el representaba la autoridad y la ley.
Sin un dejo de vergüenza, este oficial de policía, nacido en Villa Consuelo y criado en Cristo Rey, mostró cicatrices en su rostro, resultado de sus aventuras a través de discotecas y otros lugares, durante su vida de civil.
Qué significa, qué hace
El preboste (probó, por descomposición del habla popular) es un tipo funesto, cruel, un desalmado. De nada le importaría estrangularte, majarte a palos, ahogarte en tu propia saliva… y hasta en tu propia sangre.
Rodeado por los barrotes de metal de la celda donde hayas terminado, sin escapatoria, el preboste es tu amo y señor, un rufián que controla tus actos y roba tus derechos, el único competente para romperte allí los “huevos”.
Por lo que se entiende, “romper los huevos” significa, básicamente, en voz popular, “molestar, insistir de manera molesta, cansar, hartar a alguien”, aunque en el código del preboste implica crueldad, castigar con una paliza, o bien acabar con la vida de alguien.
En las cárceles dominicanas, intercede en peleas, administra privilegios, consiente delitos y crímenes, tortura, despoja de pertenencias, humilla, chantajea, viola y aplasta las emociones de los presos más endebles, y los recién llegados.
Es un criminal con mando, un protegido de autoridades. Tiene habitación cómoda, porta armas blancas y de fuego, celulares y tiene protección de otros reos. Domina las celdas, controla venta de drogas, comida, renta espacios, prestamista, tiene paso de mujeres y hasta cómplice de ordenes de crimen, dentro y fuera de la prisión.
El preboste es “el león”, el preso más “guapo” entre el resto, listo para lo que sea, a fin de ganarse el respeto y la dominación allá adentro.
Esa autoridad de facto otorgada al preboste en lo que permite que este tipo le “rompa los huevos” a cualquiera en una prisión, pero ya el nuevo comandante advirtió de quien es el único “probó” de la penitenciaría.
El coronel De los Santos no dejaba enfriar el tema y mientras más firme hacia su advertencia, era interrumpido por aplausos y gritos de muchos reclusos.
“Ustedes no van a trabajar con un ‘popi’, ustedes van a trabajar con un ‘wawawa’”, dijo, mientras terminaba su presentación.
Según un trabajo publicado por Enrique Medina el 31 de mayo de 2019, en Listín Diario, este anota que ‘Popi’ es un tipo acomodado de clase media, mientras un ‘wawawa’ es un joven humilde de barrio.
Estos cambios han llegado después de que un comando oficial armado compuesto de más de mil agentes de la Policía y fuerzas militares expertas en estos operativos tomó ayer control de la Penitenciaría Nacional de La Victoria, para poner fin a una serie de irregularidades que han trastornado las operaciones y la seguridad en ese establecimiento carcelario.
La acción fue ejecutada tan pronto se consumó la destitución del alcaide de ese recinto carcelario, la remoción de su personal administrativo y la dotación policial que lo tiene bajo custodia.
DATOS CLAVE
Papel del director.
A pesar de que la ley autoriza al director del establecimiento carcelario la aplicación de las medidas disciplinarias, han sido los prebostes quienes siempre las han ejecutado, con violencia, mientras el artículo 5 establece que los reclusos “no podrán ser objeto de torturas, maltratos, vejaciones o humillaciones de ninguna especie…”
Violación de la ley.
La figura del preboste viola la ley 224 del Régimen Penitenciario, que en su artículo 46, sobre la disciplina, dice que “solamente podrán imponerse, como sanciones, las medidas disciplinarias siguientes: amonestación, privación de visitas o correspondencias hasta por 30 días, encierro en su celda o en celda de castigo hasta por 30 días, traslado temporal por no más de 60 días, y privación de otros privilegios.