El presidente Danilo Medina decretó un nuevo toque de queda en República Dominicana para tratar de contener el avance del coronavirus en el país.
La disposición presidencial señala que el horario de aplicación del toque de queda será el siguiente:
“De lunes a viernes de 7:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados y domingos de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas:
1) Santo Domingo 2)Distrito Nacional 3)Santiago 4)San Cristóbal; 5)La Vega 6)Puerto Plata 7)Duarte 8)San Pedro de Macorís 9)La Romana 10)San Juan de la Maguana 11)La Altagracia 12)Azua 13)Monseñor Nouel 14)Sánchez Ramírez 15)María Trinidad Sánchez
Y de 8:00 pm a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas:
1)Espaillat 2)Peravia 3)Barahona 4)Monte Plata 5)Valverde 6)Hermanas Mirabal 7)Monte Cristi 8)Samaná 9)Bahoruco 10)Hato Mayor 11)El Seibo 12) Dajabón 13)Santiago Rodríguez 14)San José de Ocoa 15)Elías Piña 16)Independencia 17)Pedernales
Este lunes se anunció un nuevo toque de queda luego de la aprobación del estado de emergencia. Sin embargo, algunos grupos de personas estarán exentos a esta medida de contención del Covid-19.
El artículo 4 del decreto 266-20 detalla que durante el toque de queda (que se inicia este 21 de julio y será por 20 días) las personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bionalistas, personal paramédico y farmacéutico.
También aquellas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
Podrán estar durante el toque de queda aquellos dedicados a labores de seguridad privada debidamente identificadas.
Los miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
Asimismo, los operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Los operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustibles debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Además personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
Los pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito o desde puertos y aeropuertos.
Los empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
También los empleados o contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
“De lunes a viernes de 7:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados y domingos de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas:
1) Santo Domingo 2)Distrito Nacional 3)Santiago 4)San Cristóbal; 5)La Vega 6)Puerto Plata 7)Duarte 8)San Pedro de Macorís 9)La Romana 10)San Juan de la Maguana 11)La Altagracia 12)Azua 13)Monseñor Nouel 14)Sánchez Ramírez 15)María Trinidad Sánchez
Y de 8:00 pm a 5:00 a.m. en las siguientes demarcaciones geográficas:
1)Espaillat 2)Peravia 3)Barahona 4)Monte Plata 5)Valverde 6)Hermanas Mirabal 7)Monte Cristi 8)Samaná 9)Bahoruco 10)Hato Mayor 11)El Seibo 12) Dajabón 13)Santiago Rodríguez 14)San José de Ocoa 15)Elías Piña 16)Independencia 17)Pedernales.
Hasta el momento se han infectado 53,956 personas y 993 han fallecido.
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