Jonatan Familia pide aclarar denuncia de «tercerizar los arbitrios»

Santo Domingo.- Jonatan Familia, municipalista y comentarista del programa Politikal, llamó al alcalde de Santo Domingo Oeste Francisco Peña, que aclare la denuncia de que alegadamente se quieren tercerizar los arbitrios «para beneficiar a sus allegados».

«Quieren tercerizar los arbitrios. Entonces, no hay forma humana de que eso sea posible ni transparente y sobre todo, según mi fuente, me informa que la compañía beneficiaria es de personas vinculadas al alcalde», dijo Familia.

Según denunció el comunicador, dejaron caer los arbitrios a través de las delegaciones municipales de manera intencional «para justificar la tercerización».

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«Quieren privatizar los arbitrios, dejaron caer la recaudación para justificar la tercerización, para qué..para beneficiar a gente vinvulada al alcalde», manifestó Jonatan Familia instando a que esto sea aclarado.

En torno al tema, el integrante de Politikal se refirió a la supuesta compra de dos camiones y nadie sabe a quién, dónde o cuando fueron comprados y que en su página de transparencia no existe información sobre dicha compra.

Ya el internet revela todo. Expliquen por favor esos dos punticos ahí, Alcaldía de Santo Domingo Oeste.

Qué es un arbitrio?

Los arbitrios municipales son tributos que las alcaldías aplican dentro de su jurisdicción mediante ordenanzas, como una contraprestación por los servicios dados a sus munícipes o por el aprovechamiento que éstos les den a uno de sus bienes, sin tomar en cuenta su capacidad contributiva.

Se trata de tasa cuando un munícipe paga un tributo por el hecho de recibir un servicio por parte del ayuntamiento de su municipio. Mientras que la contribución se refiere al pago que realiza un munícipe por recibir la ventaja de utilizar un bien perteneciente al ayuntamiento.

Conforme al Artículo 200 constitucional, su empleo está sujeto al principio de legalidad y no pueden chocar con los impuestos nacionales, de comercio intermunicipal o de exportación, lo cual es reiterado en el Artículo 274.a de la Ley No. 176-07.

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