El presidente Luis Abinader emitió este martes un decreto (número 1-2) mediante el cual queda regulada la publicidad de las instituciones del Gobierno dominicano.
La disposición establece criterios e imparte instrucciones para la contratación de la difusión publicitaria de las entidades oficiales con los medios de comunicación, comunicadores, periodistas e influenciadores de los medios digitales.
Con esta medida, el Gobierno busca impulsar la rendición de cuentas, promover la transparencia y divulgar informaciones de interés para la ciudadanía sobre los servicios públicos, dice una nota de prensa de la presidencia de la República.
Al responder preguntas de periodistas durante una improvisada rueda de prensa en el Palacio Nacional, el Jefe del Estado afirmó que la discusión del decreto 1–24 duró alrededor de 4 meses y que en la misma estuvieron involucrados representantes de todos los sectores.
Aseveró que con esta medida manda un mensaje de que aquí hay que respetar los recursos del Estado y estos no deben utilizarse con fines electorales.
Añadió que el decreto es parte de la “segunda oleada de reformas de este año” que se impulsan desde el gobierno para continuar controlando los gastos y que exista mucha más transparencia que ha sido uno de los objetivos de su gobierno.
De su lado el director de Contrataciones Públicas (DGCP), Carlos Pimentel Florenzán, explicó que *la publicidad oficial será únicamente la utilizada para cumplir con los objetivos operativos y estratégicos*, dijo.
Manifestó que el gobierno del presidente Abinader asumió el compromiso histórico de regular la publicidad oficial por primera vez en la historia de la República Dominicana, como forma de rendir cuentas para promover más transparencias y divulgar información que se considere de interés general para seguir mejorando el gasto público y eliminar las distorsiones y dispendio del pasado en periodos electoral.
Las disposiciones de este decreto son de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones públicas dependientes del Poder Ejecutivo, las cuales serán monitoreadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (DIECOM).
Queda prohibida la utilización de publicidad oficial como subsidio o pago encubierto para beneficiar, directa o indirectamente, a comunicadores, personas, medios de comunicación social o a cualquier agente que forme parte de la cadena de su asignación o colocación, o las donaciones que, de forma personal o través de terceros vinculados, y bajo cualquier título o modalidad, sean realizadas por cualquier entidad del sector público estatal a favor de comunicadores, medios de comunicación social y cualquier otro sujeto o agente que reciba publicidad oficial o participe en el proceso de su contratación o distribución.
Asimismo, queda prohibido el uso de la publicidad oficial con propósitos propagandísticos o para apoyar a partidos o candidatos políticos, oficiales o no, como también usar publicidad que tenga como objeto o efecto propósitos electorales, salvo la divulgación de logros en el marco del período de rendición de cuentas ante el Congreso Nacional.
En el decreto el presidente Abinader instruyó a las instituciones públicas a reducir la difusión de publicidad a la estrictamente necesaria en función del servicio público prestado y con especial observancia de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, así como a las orientaciones o disposiciones emanadas por la Junta Central Electoral (JCE).
Acompañaron al presidente Luis Abinader, el ministro Administrativo y Financiero de la Presidencia, José Ignacio Paliza; el vocero y director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia, Homero Figueroa; la directora de Ética e Integridad Gubernamental, Milagros Ortíz Bosch y el subconsultor jurídico del Poder Ejecutivo, Pedro Montilla Castillo.
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