Tribunal Constitucional le prohíbe a la PN y MP incautar bocinas sin una orden judicial

El Tribunal Constitucional (TC), dispuso que la Policía Nacional y el Ministerio Público no podrán incautar equipos de sonido en colmadones, vehículos o viviendas sin una orden judicial motivada.

Esta decisión, que ahora es jurisprudencia, fue emitida luego de un caso en el que varias bocinas fueron confiscadas en un negocio sin autorización.

Se trata del caso de la incautación de las bocinas marca Audio Max, cuya acción, de acuerdo al TC violó el derecho de propiedad, ya que no se contó con la autorización de un juez.

Como resultado, el tribunal ordenó la devolución de los equipos a su propietario, además de imponer una multa diaria de mil pesos a la Procuraduría General de la República y a la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente de Santo Domingo, si no cumplen con la sentencia en un plazo de 15 días.

El fallo fue emitido a favor de Francisco José Herrera del Orbe, quien había solicitado la devolución de sus bocinas mediante una acción de amparo, luego de que la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo declarara improcedente su solicitud.

El TC revocó esa decisión, argumentando que la Policía actuó sin la debida orden judicial y sin la existencia de un proceso penal en su contra.

Esta sentencia refuerza el derecho de propiedad y se suma a otras recientes emitidas por el TC, que buscan frenar prácticas irregulares de incautación sin el debido proceso legal.


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