La solicitud hecha por la fiscalía de Santiago para que se imponga la prisión preventiva en contra del homicida de un hombre en la urbanización El Ejecutivo, del sector Los Robles, de esta ciudad, fue acogida por la jueza Yeritza Cabral de la Cruz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, que ordenó la privación de libertad por espacio de un año.
La medida de coerción se impone contra Luismen Silverio (alias Wilmer), de 18 años, un infractor reincidente que había sido sometido por otros delitos en el 2023 y a quien se le perseguía por robos y atracos mediante la orden judicial número 00487-2024, informó el Ministerio Público en una nota de prensa.
Durante el conocimiento de la medida de coerción, la fiscal litigante del Ministerio Público, Heydis de León, expuso al tribunal que el imputado, habiéndose asociado con otros malhechores, estableció una ruta de atracos a mano armada, recorriendo desde el sector Las Colinas hasta la urbanización El Ejecutivo, donde encañona a la víctima, Francisco Antonio Bautista Fernández (Tony), de 70 años, quien, tratando de evitar que le despojen del arma de fuego que llevaba en el cinto y otras pertenencias, se resiste, siendo abatido a tiros por el imputado.
La víctima era un excoronel y tío del exdirectivo de la Policía Nacional, Ney Aldrin Almonte Bautista.
El Ministerio Público narró que Silverio huye de la escena del crimen en la parte trasera de una motocicleta, conducida por Jhordani de Jesús Méndez Peña (alias Radio), quien días después, el 2 de febrero, muere en un enfrentamiento a tiros con agentes de la Policía Nacional, a quienes habría disparado en el sector Vista Verde. En la escena se ocuparon elementos como el arma de fuego con que fue asesinado Fernández y la motocicleta que ambos delincuentes abordaban.
Los crímenes desde punto de vista legal
Los hechos que se le atribuyen a Silverio, constituyen violación a los artículos 265, 266, 295, 304, 2, 379, 382 y 386-2 del Código Penal Dominicano, que castigan la asociación de malhechores, homicidio, tentativa y de robo agravado, en lo que el código define como un crimen seguido de otro crimen.
Con ello, también ha incurrido en violación a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 de Armas, por el porte ilegal de un arma de fuego, uso de un arma de fuego ilegal para cometer un robo y para matar, en perjuicio de la víctima y del Estado dominicano. DL
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