Tribunal no admite a Gonzalo Castillo ni al procurador Jean Alain como testigos caso Zapete

La Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante Resolución 042-220-TRES-00014, del 22 de enero del 2020, inadmitió como testigos a descargo a los licenciados Gonzalo Gastillo Terrero y Jean Alain Rodríguez, candidato presidencial del PLD y Procurador General de la República.

Respectivamente, quienes habían sido propuestos por el periodista Marino Zapete, quien es imputado por Maybeth Rodríguez por la supuesta comisión del delito de difamación.

El tribunal consideró que “la pretensión probatoria de la parte imputada con cada una de las personas propuestas como testigos, señores Gonzalo Castillo Terrero, Jean Alain Rodríguez, Johnny de Jesús Cabrera López, Junior José Hilario Arias y Miguel Antonio Pimentel Kareh, son impertinentes e inútiles en el asunto tratado… por lo que se inadmiten como pruebas testimoniales…”, se hace constar en la decisión.

La parte acusadora, a través de sus abogados, doctores Julio Cury y José Martínez Hoepelman, habían depositado una instancia objetando la admisibilidad de la prueba testimonial de Castillo y Rodríguez.

Objeción que se basó en que sus declaraciones, de acuerdo con la finalidad probatoria pretendida por Zapete, no se correspondía con hechos que interesasen al proceso, y que por tanto, no eran pertinentes, relevantes ni útiles para la verificación o esclarecimiento de los mismos.

Igualmente, el tribunal rechazó el auxilio judicial previo solicitado por Zapete con el objeto de levantarle el secreto bancario a una serie de empresas comerciales y personas físicas que no figuran como partes del proceso, “habida cuenta de que este tribunal no está apoderado de un juicio sobre desfalco, concusión, prevaricación, estafa ni soborno de fondos públicos, sino del delito de difamación”, se consigna en la resolución.

Cury expresó que la decisión reafirma que Zapete le mintió al país al declarar que el tribunal había citado a Castillo y Rodríguez, y agregó que “el punto nervioso de la actividad probatoria es la verdad, pero no como un objeto, sino como una cualidad de los hechos que se afirman o niegan.

No obstante, Zapeteha aspirado encontrar la “verdad” de lo que dijo leyendo hojas de té o recurriendo a la adivinación, y de ahí recurriendo a herramientas procesales inadmisibles para él y, en el peor de los casos, desproporcionadas con lo que se persigue”.


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